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Designación obligatoria del DPD

Quién debe nombrar un Delegado de Protección de Datos en España.

El RGPD impone la designación de un Delegado de Protección de Datos en tres supuestos generales. La LOPDGDD, en su artículo 34, va más allá y enumera expresamente una amplia lista de entidades obligadas, lo que convierte a España en uno de los ordenamientos con mayor exigencia.

Designada o no obligatoriamente, la entidad debe comunicar el nombramiento —y los ceses— a la AEPD en el plazo de diez días. La Agencia mantiene un registro público de Delegados de Protección de Datos.

Entidades obligadas (art. 34 LOPDGDD)

Lista representativa; el artículo 34 de la LOPDGDD contiene el elenco completo.

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