DPD Externo (DPO-as-a-Service)
Fundamento legal: RGPD arts. 37–39; LOPDGDD arts. 34–37
ObjetivoLa función de Delegado de Protección de Datos prestada mediante contrato de servicios, con la cualificación, la independencia y la disponibilidad de un DPD sin el coste de una incorporación interna. Incluye la designación y su comunicación a la AEPD en el plazo de diez días.
Qué incluye
- Designación y comunicación a la AEPD (10 días)
- Punto de contacto e intervención en reclamaciones (art. 37)
- Supervisión continua y reporte a la dirección
Entregables
- Carta de designación y comunicación a la AEPD
- Plan anual de supervisión y calendario de obligaciones
- Reporte periódico a la dirección
- Atención de reclamaciones (art. 37 LOPDGDD)
Dirigido aEntidades obligadas por el artículo 34 de la LOPDGDD y organizaciones que desean externalizar la función con independencia.